Nos es muy gratificante comprobar como, día a día, la profesión del Prótesico Dental se va reconociendo como parte importante de la Sanidad y la aportación de este sector para la mejora sanitaria de los pacientes.

El Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad acepta la petición de este Consejo General de Protésicos Dentales de formar parte, de pleno derecho, del Comité de las Profesiones del Sector Sanitario y Social

Mediante la Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero, se creó el Comité de las profesiones del sector sanitario y social, como órgano consultivo y de asesoramiento de las profesiones de dichos sectores en relación con las políticas llevadas a cabo por el Ministerio de Sanidad, Consumo y Bienestar Social.

La adecuada representación de los Colegios Oficiales de las profesiones del sector sanitario y social en el citado Comité permite de una parte contar con un órgano propio de asesoramiento para la participación de las profesiones, y de otra reconocer a los Colegios Profesionales su papel como garantes de la ética y dignidad profesional y del respeto debido a los derechos de los particulares, lo que tendrá su reflejo en las políticas llevadas a cabo por el Ministerio.

Posteriormente, mediante Orden SCB/104/2019, de 7 de febrero, se modificó la anterior con el objeto de completar la relación de los Colegios Oficiales de las profesiones del sector sanitario y social.

Siendo preciso de nuevo ampliar la relación de Vocalías, para incluir a los protésicos dentales y a los higienistas dentales, que conforme a lo establecido en la Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de Ordenación de las Profesiones Sanitarias, en su artículo 2.3, tienen el carácter de profesiones sanitarias, se procede a una nueva modificación de la citada Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero.

Esta orden se ajusta a los principios de buena regulación a los que se refiere el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general, al mejorar la representación de los Colegios Profesionales en el Comité de las profesiones del sector sanitario y social, la regulación que contiene no supone restricción alguna de derechos ni imposición de nuevas cargas administrativas, es coherente con el resto del ordenamiento jurídico nacional y queda claramente delimitado su alcance y los objetivos que se pretenden conseguir.

En su virtud, con la aprobación previa del Ministro de Política Territorial y Función Pública, dispongo:

Artículo único. Modificación de la Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero, por la que se crea el Comité de las profesiones del sector sanitario y social.

Se adicionan dos Vocalías al Comité de las profesiones del sector sanitario y social numeradas como 18 y 19 en el apartado 1.d) del artículo 3 de la Orden SCB/93/2019, de 4 de febrero, por la que se crea el Comité de las profesiones del sector sanitario y social, con la siguiente redacción:

«18. Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales.

19. Unión de Colegios Profesionales de Higienistas Dentales de España.»

Disposición final única. Entrada en vigor.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Madrid, 15 de julio de 2019.–La Ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social, María Luisa Carcedo Roces.